Hacienda, condenada a devolver a sus propietarios un solar de La Raya valorado en 238.000 euros

MURCIA (26 dic. 2010). - La Audiencia Provincial de Murcia ha desestimado el recurso presentado por la Abogacía del Estado contra la sentencia de un juzgado de primera instancia que ordenó a la Delegación Provincial de Economía y Hacienda devolver un solar valorado en 238.000 euros que incorporó al Patrimonio del Estado "indebidamente", según un despacho de la agencia de noticias Efe. Hacienda también ha sido condenada al pago de las costas por haber actuado de "mala fe".

La sentencia indica que el juzgado de primera instancia número 8 de Murcia, en una resolución de septiembre de 2009, estimó la demanda presentada por la sociedad anónima V.B., en liquidación, y declaró que ese solar, ubicado en la pedanía murciana de La Raya, era propiedad de esa mercantil, y no del Estado.

El juez añadió que el solar, con una superficie de 1.200 metros cuadrados, está inscrito en el Registro de la Propiedad a nombre de esa empresa, que es la dueña, y no el Estado, que "lo adquirió indebidamente" por error.

El juzgado, como hace ahora la Audiencia, anuló una resolución de la Dirección General de Patrimonio del Estado de abril de 2002 por la que se acordó la incorporación de la finca a la Hacienda Pública, y declaró la nulidad de la inscripción que hizo a su favor en el Registro de la Propiedad.

Así mismo, ha comunicado a la Gerencia Territorial del Catastro de Murcia que deberá proceder a efectuar las correcciones oportunas para que el solar vuelva a aparecer a nombre de V.B.

La Audiencia Provincial no ha estimado la petición hecha por la Abogacía del Estado, que pretendía que se anulara la condena del pago de las costas impuesta por el juez, porque considera, como en su día hizo el juzgado, que ha habido "mala fe".

Añade el tribunal que los dueños de esta propiedad tuvieron que acudir a la vía judicial porque no vieron estimada la reclamación previa que presentaron ante Delegación de Economía y Hacienda.

Al desestimar su recurso, la Audiencia Provincial la condena a pagar también las costas generadas durante el proceso.

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